Jueves, 25 Abril 2024

No se haga el loco con los aportes a la seguridad
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Actualmente hay 2.5 millones de trabajadores en Colombia que se encuentran camellando mediante un contrato por prestación de servicios, una fórmula alternativa de contratación de empleados distinta a las convencionales (termino fijo y termino indefinido).

Esta clase de empleados deben realizar por su cuenta los pagos correspondientes a la seguridad social (por conceptos de salud, pensión, y riesgos profesionales).

¿Cuánto toco pagar de aportes?

Así las cosas, una persona que tenga contrato por prestación de servicios deberá cancelar todos los meses, por concepto de aportes a la seguridad social, el 40% de su salario. Por ejemplo, si una persona se gana $3.000.000 en un contrato por prestación de servicios, todos los meses debería pagar un valor de $1.200.000 a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), una ventanilla habilitada para recolectar estos aportes.

¿Qué son los aportes?

El abogado Luis Tapia nos explicó que de acuerdo al Código Sustantivo del Trabajo, todas las personas que estén vinculadas a una empresa mediante un contrato por prestación de servicios deben hacer por su cuenta los aportes al sistema de seguridad (en el cual se garantiza el acceso a los servicios de salud y pensión).

“En un contrato a termino fijo o indefinido, es la empresa la que se encarga de realizar estos pagos, pero un vínculo por prestación de servicios es el empleador quien tiene esa responsabilidad, puesto que ya cotiza como independiente”, explicó Tapia. 

¿Qué pasa si no hago estos pagos?

Esta semana, la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp) denunció que el déficit en el fondo que gestiona los aportes de este tipo de contratos trasciende los 5.4 billones de pesos, lo cual indica que hay varios contratistas que no están pagando sus aportes. La entidad se permitió recordar que, en caso de que una persona sea sorprendida evadiendo esta obligación, deberá pagar una multa del 5% sobre la base de su aporte por cada mes adeudado.

Por ejemplo, si aporta $1.200.000 deberá pagar el monto acumulado por cada mes que no pagó, más un monto de $60.000, también por cada mes adeudado. De igual modo, si declaró y pagó una cantidad inferior a la que de verdad le correspondía deberá pagar una diferencia del 35% entre el dinero que pago y el del valor real.

No se haga el loco con los aportes a la seguridad Actualmente hay 2.5 millones de trabajadores en Colombia que se encuentran camellando mediante un contrato por prestación de servicios, una fórmula alternativa de contratación de empleados distinta a las convencionales (termino fijo y termino indefinido).

Otro ejemplo para que entienda: su valor real a liquidar es de $1.200.000, y usted solo pagó $800.000; entonces usted deberá pagar, para ponerse al día,  $140.000 adicionales por cada mes que haya hecho el pago mal. No se deje colgar y haga las cuentas bien.

Se acerca el fin de los contratos por prestación de servicio

Los contratos por prestación de servicios están prontos a desaparecer. Al menos así lo han afirmado desde el Gobierno y desde el propio Ministerio de Trabajo en cabeza de Gloria Inés Ramírez. 

Según la jefe de cartera, “los contratos por prestación de servicios deben desaparecer, un gobierno con política de la vida no puede permitir neoesclavitud consecuencia de tantos gobiernos de derecha antiobrera”. En ese orden de ideas, lo más probable es que en una futura reforma laboral esta modalidad desaparezca o sufra grandes modificaciones.

¿Hay excepciones para pagar este aporte?

Solo las personas que ganen menos de un salario mínimo por concepto de un contrato por prestación de servicios están eximidos de realizar este pago.

Quienes ganen más deberán hacer este pago del 40%. De este porcentaje, se sacará una parte para la salud y otra para el ahorro pensional del empleado. En caso de que la persona que firmó el contrato sea de los niveles IV y V del Sisbén no deberá sacar del 40% de su salario para pagar la ARL (Administradora de Riesgos Laborales), ya que este gasto deberá ser asumido por el empleador.

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