Desde que se conoció el fallo que profirió el Tribunal Superior del Distrito de Ibagué, que ordenaba el arresto domiciliario y el pago de una multa de 15 salarios mínimos contra el presidente de la República, Iván Duque Márquez, la polémica por el fuero especial no ha dejado de retumbar.
El abogado y periodista Alberto Donadío analizó el tema y sostuvo que “la orden de detención al Presidente, en apariencia, sería legal, porque emana del Decreto de 1991, que reglamentó la tutela poco tiempo después de que se aprobó la Constitución de ese año y, efectivamente, ese decreto dice que los funcionarios que no atiendan las órdenes de los jueces en relación con tutelas presentadas pueden ser sancionados con arresto.
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El problema aquí es que hay un fuero especial para el Presidente de la República, y ese fuero implica que solamente puede detenerlo, condenarlo u ordenar su captura la Comisión de Acusaciones de la Cámara, pese a que es un organismo que nunca ha funcionado, y que suele concebirse como un órgano de papel, que entierra todas las acusaciones contra los mandatarios, pero formalmente no es viable el arresto del presidente.
No obstante, Donadío considera que si esto se utilizó para divulgar el problema ambiental del Parque de los Nevados, es una buena estrategia, pues la noticia salió en medios internacionales, pero formalmente no procede, pese a que se podría pensar “¿acaso el presidente está por encima de la ley?”.
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Para Donadío el argumento es otro, incluso en otros países, y es que hay que evitar que el Presidente sea blanco de demandas, y señaló como ejemplo a Estados Unidos, en donde las demandas que se presentan contra el presidente quedan aplazadas, como ocurrió en el caso de Donald Trump, que fue demandado siendo presidente por varias mujeres.
Cabe resaltar que el presidente Duque anunció que va denunciar al juez que emitió el fallo por el delito de prevaricato.
Redacción Colprensa.
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