La actualización del RUT solo es necesaria en caso de cambios en los datos de identificación, ubicación o clasificación previamente registrados, informó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
La entidad aclaró a los colombianos que el Registro Único Tributario (RUT) tiene una vigencia indefinida, por lo que su renovación no puede ser solicitada por ninguna entidad.
Cabe destacar que si alguna entidad solicita el RUT con una fecha de actualización reciente en la casilla 61, la DIAN indica que se puede entregar una copia del documento y proporcionar la fecha de generación, visible en la parte derecha del pie de página del formulario.
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Es importante aclarar que los trámites de inscripción y actualización del RUT son gratuitos y se pueden realizar de manera virtual, a través del sitio web de la DIAN.
No obstante, la actualización de datos de identificación y el retiro de responsabilidades deben llevarse a cabo en los puntos de atención designados.
Además de la inscripción y actualización del RUT, la DIAN ofrece servicios digitales para realizar diversos trámites, como obtener copias del RUT, solicitar la cancelación del registro, tramitar el RUT para consorcios y uniones temporales, así como solicitar el retiro de responsabilidades.
Adicionalmente, la DIAN advirtió que la inscripción en el RUT podría suspenderse si la información presenta errores, es incompleta, tiene inconsistente o no refleja la realidad.
Por este motivo, la entidad invitó a los contribuyentes a revisar y actualizar sus datos para evitar posibles sanciones.
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Finalmente, se recomienda mantener los datos correctos, completos y actualizados en el RUT, para proporcionar a la DIAN información veraz y confiable que facilite el cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias por parte de los contribuyentes.
Redacción Colprensa.
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