Viernes, 26 Abril 2024

Sigue con fuerza el proyecto que eliminaría cuatro por mil
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Una gran expectativa ha generado en el país la propuesta de ley que impulsa la congresista Katherine Miranda bajo la cual busca la eliminación de la figura de recaudación bancaria conocida como el 4×1.000.

Aunque el proyecto a duras penas pasó el primer debate de los cuatro necesarios para convertirse en una ley oficial, lo cierto es que a varias personas les ha llamado la atención el contenido de esta iniciativa por cuanto su objetivo principal es el de remover un impuesto que ha sido, en gran medida, mal visto por los colombianos.

Pero por otro lado, algunas fuentes del Ministerio de Hacienda le han dicho a otros medios que el Gobierno Nacional no daría su aval a la medida, lo cual generó un cruce de versiones entre los ponentes del proyecto y los miembros de la cartera económica.

Sigue con fuerza el proyecto que eliminaría cuatro por mil Una gran expectativa ha generado en el país la propuesta de ley que impulsa la congresista Katherine Miranda bajo la cual busca la eliminación de la figura de recaudación bancaria conocida como el 4x1.000.

¿Qué propone la iniciativa de ley?

La propuesta de ley que se impulsa con Katherine Miranda a la cabeza busca eliminar el 4×1.000 como figura de recaudación de transacciones bancarias para buscar, a través de otros mecanismos tributarios distintos, reunir el billete que se perdería tumbando esta iniciativa.

La primera, sería la de gravar con el 2% a todos los sueldos que estén por encima de los 25 millones de pesos. Por otro lado, el resto del billete saldría de eliminar otras excepciones tributarias del 27% como la existente a las megainversiones (a personas jurídicas o naturales que inviertan más de 13 mil millones de pesos en el país y que, además, generen con su inversión 250 empleos o más).

Finalmente, la iniciativa tendría naturaleza progresiva, es decir, que comenzaría a partir de 2023 con la promulgación del 3×1.000; el 2024 del 2×1.000; y, finalmente, el 2025 con el 1×1.000.

¿Qué es el 4×1.000?

El impuesto del 4×1.000 se aplica a los diferentes movimientos financieros que realizan los colombianos. Este consiste en descontar $4 por cada 1.000 pesos de la transacción, ya sea un retiro, un traslado, un pago y dependiendo si es de una cuenta bancaria corriente o de ahorros.

Este impuesto tiene sus inicios en el año de 1998 y se impuso en vista de la dura situación económica que atravesaba el país por aquel entonces a cuesta del chasco financiero de la UPAC (unidad de poder adquisitivo constante).

La idea era, según el decreto que promulgó este impuesto, la de garantizar la liquidez necesaria en los bancos y demás entidades financieras que protegían, como su labor lo indica, el dinero de los colombianos.

Ya hay opiniones encontradas

Pese a que el proyecto ya está siendo discutido en el segundo debate de los cuatro necesarios para ser ley, y según las cuentas de los ponentes existen mayorías suficientes en el Congreso para que la iniciativa sobreviva al menos hasta el cuarto debate, ya le salieron los primeros peros a la eliminación del 4×1.000 por parte del Gobierno.

De acuerdo con información conocida por otros medios, el Ministerio de Hacienda emitiría un concepto técnico negativo (es decir, una opinión de expertos que considera no conveniente la propuesta) sobre el proyecto y, por ende, se abstendría de emitir un aval al proyecto.

Esto último, según trascendió en varios expertos, hundiría el proyecto de manera prematura.

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La corte tendría la última palabra

Para conocer en qué punto podría estancarse el proyecto del 4×1.000, consultamos ayer a la abogada tributaria María Fernanda Dueñas, quien nos explicó que “el proyecto como tal no constituye como una ley estatutaria (que afecta directamente la Constitución) o una extensión tributaria (aumento de impuestos), entonces no necesita de una aval presidencial.

Lo que sí podría pasar es que el presidente se negara a firmarla y promulgarla en caso de ser aprobada en el Congreso, entonces la Corte Constitucional debería dirimir el conflicto y decidir si la ley es o no constitucional”.

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